ISSN 2709-9164
https://doi.org/10.53940/reys.v4i8.155 Vol. 4(8) 2023
Bioética en colegios colombianos para una educación
superior más pertinente
Bioethics in Colombian schools
for a more relevant higher education
Gabriela Rueda Martínez1
Citar
como: Rueda, G. (2023). Bioética en colegios colombianos para una educación superior más pertinente. Revista
Educación y Sociedad, 4(8), 39-48. https://doi.org/10.53940/reys.v4i8.155
Artículo
recibido: 03-10-2023
Artículo
aprobado: 30-11-2023
Arbitrado por pares
El objeto de estudio es la pertinencia como elemento
de la calidad de la educación superior y su relación con el estudio de la
bioética en escuelas y colegios. El documento aborda la perspectiva bioética
defendida en América Latina coherente con los derechos humanos. Se defiende que
el alcance de dinámicas pertinentes en la universidad exige interrelación con
los grados precedentes. Propiciar la reflexión sobre normas morales en los
grados básico y medio es esencial para potencializar las acciones de
pertinencia en la educación superior colombiana. Así, el conocimiento de la
bioética es un requerimiento para una educación superior pertinente.
Palabras
clave: educación, bioética, universidades, planes de estudios, educación básica
The
object of study is the relevance as an element of the quality of higher
education and its relationship with the study of bioethics in schools and
colleges. The document addresses the bioethical perspective defended in Latin
America consistent with human rights. It is argued that the scope of relevant
dynamics in the university requires interrelation with the preceding degrees.
Promoting reflection on moral norms in basic and middle grades is essential to
enhance relevant actions in Colombian higher education. Thus, knowledge of
bioethics is a requirement for relevant higher education.
Key words: education, bioethics, universities,
curriculum, basic education
1 Profesora universitaria,
Universidad Santo Tomás (Colombia). gabriela.rueda@ustabuca.edu.co https://orcid.org/0000-0001-7135-4293
Introducción
Reflexionar
sobre la respuesta de las instituciones de educación superior a las demandas de
la sociedad nos lleva al examen de la pertinencia. Siendo adoptada por la
Organización de las Naciones Unidas para la Educación, Ciencia y Cultura
(UNESCO) la pertinencia se constituye en un elemento esencial para evaluar la
calidad de la educación superior para alcanzar la equidad.
Gibbons (1998) quien delimitó la pertinencia en el marco de la
educación del siglo XXI, estableció tres formas de observar la pertinencia: la
apropiación de las problemáticas sociales, las relaciones de confianza con
comunidades y la vinculación con los mercados. Por lo tanto, la calidad de la
educación se consigue no solamente a través del cumplimiento de indicadores,
sino también de la planificación con actores sociales inmersos en las dinámicas
locales, regionales, nacionales y globales. Este artículo se enfoca en la
afirmación de pertinencia social de la Universidad que comparte con la bioética
la construcción de la equidad y de la responsabilidad con el otro y con su
ambiente. Igualmente, el documento centra su contenido en el contexto
colombiano.
En este país, el
concepto de pertinencia y la formación bioética están incorporados en las
regulaciones para la acreditación de alta calidad de programas académicos de
educación superior adoptados por el Consejo Nacional de Acreditación ([CNA], 2021).
Para esta autoridad la alta calidad de los programas académicos y de las
Instituciones de Educación Superior (IES) implica, entre otros, la
responsabilidad con la formación superior de personas capacitadas para proponer
soluciones ante los desafíos del contexto colombiano en sus diferentes
dimensiones (CNA, 2021).
En este sentido, la autoridad hace un llamado a ambientes formativos de
carácter inclusivo e integrador que oriente a los requerimientos en
investigación propios del contexto (CNA, 2021).
Del mismo modo, la
pertinencia como referente para el diseño de políticas hace parte de normativas
como la Ley
1188 de 2008 que regula el Registro Calificado[1]
de los programas de educación superior; el Decreto 1330 de 2019 promulgado por
el Ministerio de Educación Nacional que reglamenta las características que
deben tener los programas académicos para obtener su registro calificado, las
condiciones de calidad que deben poseer las IES y los criterios de evaluación
de los programas académicos de las Universidades.
En el contexto académico, la pertinencia ha sido
analizada por diversos autores colombianos; se destaca la investigación que
produjo la obra “dinámicas de pertinencia y acreditación en la educación
superior”. En ella se examinaron las prácticas asociadas a los currículos de
instituciones colombianas como la Universidad de Caldas, la Universidad del
Quindío, la Universidad Tecnológica de Pereira y la Universidad del Tolima; sus
resultados revelaron que los currículos de las instituciones mencionadas favorecen
cada vez más la interacción con el entorno y, por ende, posibilitan la
intervención de la realidad social (Malagón et al., 2015). Sin embargo, no
siempre se registran resultados positivos en la literatura. Un análisis que
buscó comprender la construcción de la dimensión pertinencia en los programas
de educación médica de pregrado en Colombia ha demostrado incoherencia entre la
malla curricular de estos programas y la comunicación en salud hacia las
comunidades; además, la investigación reveló que las dinámicas de pertinencia
de estos programas se caracterizan por ser poco concretas e incoherentes con la
realidad en salud (Castro, 2014). El autor enfatizó la conveniencia de reforzar
las competencias del ser en los estudiantes universitarios, ejecutar procesos
de resignificación curricular de forma permanente y aplicar progresivamente el
conocimiento en prácticas interdisciplinarias, multidisciplinarias y
transdisciplinarias.
Adicionalmente, se ha descrito descontextualización
entre los conocimientos adquiridos en el aula y hechos que acontecen en la vida
cotidiana, concretamente en los estudiantes de las especializaciones del campo
de la educación (Escobar et al., 2008).
En cuanto a América Latina, la vinculación de las
acciones universitarias con la resolución de problemáticas sociales no ha sido
consolidada. Garrocho y Segura (2012) reconocieron
que la universidad moderna especialmente, la investigación y producción
científica continúan aisladas en relación con su entorno social, de modo que
los logros científicos obtenidos no trascienden el ámbito humanista, poseen
difusión limitada y no dignifican el trabajo de las personas.
Por otra parte, en Colombia ha sido radicado en varias
ocasiones ante el Congreso de la República un–Proyecto de Acto Legislativo cuyo
fin es adicionar al Artículo 41 de la Constitución Política el estudio de la
Bioética y el Bio derecho, como complemento a la obligatoriedad del estudio de
la Constitución e instrucción cívica, en una única cátedra dirigida a todos los
niveles educativos. Esta iniciativa ha sido propuesta de forma reiterada, sin
embargo, no ha logrado oficializarse dado su archivo por vencimiento de
términos (Barreras, 2018).
Considerando la interdependencia entre los niveles del
sistema educativo, el presente ensayo defiende el concepto de que el alcance de
dinámicas pertinentes en la universidad exige la interrelación con los demás
grados educativos; igualmente, aboga por la construcción de la capacidad de
reflexión autónoma sobre normas morales desde la perspectiva de la bioética en
los grados básico y medio como elemento clave para potencializar las acciones
de pertinencia en la educación superior, con miras a alcanzar la alta calidad.
De manera que el conocimiento de los preceptos bioéticos en los grados que
anteceden a la universidad debe ser un requerimiento para una educación
superior más pertinente.
Este texto tiene como objetivo reflexionar sobre los
alcances de la pertinencia como elemento de la calidad de la educación superior
y su intersección con la educación en bioética en las escuelas y colegios. Para
tanto se divide en los siguientes apartes: primero, exposición de la propuesta
de modificación Constitucional sobre la enseñanza de la Bioética y el Bio
derecho en Colombia; segundo, la formación en Bioética desde niveles
precedentes a la educación superior como parte del proceso de ampliación conceptual
emprendido por la UNESCO y por teóricos de la Bioética latinoamericana;
tercero, la vinculación intrínseca entre la integración de los contenidos de la
bioética en todos los niveles y la pertinencia de la educación superior y
finalmente, indica algunas bases para la implementación curricular de la
Bioética en las instituciones de educación básica y media en Colombia.
Previa exposición de las
afirmaciones del Proyecto de Acto Legislativo, es necesario aludir algunos
aspectos de la Ley General de Educación en Colombia. Esta reglamentación
establece que los niveles de educación formal en Colombia son pre escolar,
educación básica, desarrollada en dos ciclos: básica primaria y básica secundaria
y la educación media (Ley 115 de 1994, art. 11). Además, define la educación
como el “proceso de formación permanente, personal, cultural y social que se
fundamenta en la concepción integral de la persona humana, de su dignidad, de
sus derechos y de sus deberes” (Ley 115 de 1994, p.1). La formación integral
implica el proceso de desarrollo de principios potencialidades, actitudes,
talentos, comportamientos y aptitudes sin descartar los conocimientos y saberes
evidentes en los niveles de desempeño.
El desarrollo integral se
destaca en el artículo 13 de la Ley en mención, como el objetivo común en todos
los niveles de educación; por lo tanto, prescribe que deben emprenderse
acciones orientadas a construir una “sólida formación ética y moral y, fomentar
la práctica del respeto a los derechos humanos” (Ley 115 de 1994, p. 4).
Es decir, la formación en
competencias ético-morales que conforma la dimensión “obrar” del ser humano,
debe considerarse al igual que la formación en competencias cognitivas e
intelectivas. Estas competencias a su vez son un complemento a la edificación de
las competencias antropológicas, ciudadanas, axiológicas y ciudadanas, que ya
son impartidas en el país.
Considerando estas
directrices normativas previamente establecidas en Colombia, a continuación, se
expone de forma breve el proyecto legislativo, con el fin de orientar al lector
sobre su contenido.
Desarrollo
del trabajo
Sobre el Proyecto Legislativo para la
inclusión constitucional del estudio de la Bioética y el Bio derecho
El
Artículo 41 de la Constitución Política Colombiana (1991) reglamenta lo
siguiente:
En todas las instituciones
de educación, oficiales o privadas, serán
obligatorios el estudio de la Constitución y la
Instrucción Cívica. Así mismo se fomentarán
prácticas democráticas para el aprendizaje de los principios y valores de la participación ciudadana. El Estado divulgará la
Constitución. (Asamblea Nacional Constituyente, 1991, art. 4)
Hay que
destacar que la inclusión del estudio de la Constitución y la instrucción
cívica también ha sido adoptada en el Artículo 128 de la Ley 30 de 1992
(Congreso de la República de Colombia) por la cual se organiza el servicio
público de educación superior, así mismo en el Artículo 14 de la Ley General de
Educación.
En julio de 2018, se propuso la siguiente modificación
del artículo 41 de la Carta Magna:
En todas las instituciones
de educación, oficiales o privadas, serán obligatorios el estudio de la
Constitución, la instrucción cívica, la Bioética y el Bio derecho. Así mismo,
se fomentarán prácticas democráticas para el aprendizaje de los principios y valores
de la participación ciudadana. El Estado divulgará la Constitución. (Barreras,
2018, p. 1)
Este proyecto
de Acto Legislativo proponía complementar la cátedra “Constitución e
instrucción cívica” y adicionaba el estudio de la Bioética y el Bio derecho en
todos los niveles educativos, preescolar, básica, media, de carácter formal e
informal dirigida no sólo a niños, niñas y jóvenes sino también a adultos,
campesinos, personas con discapacidad física, sensorial o psíquica, grupos
étnicos y personas con necesidad de rehabilitación social.
Dentro de los
fundamentos jurídicos expuestos en la iniciativa legislativa se señaló la
ausencia de una asignatura concreta que abordara la educación para la justicia,
la democracia, la paz, la solidaridad, la fraternidad, el cooperativismo, la
protección del ambiente y de los recursos naturales; estos aspectos son
señalados en los literales c, d y e del Artículo 14 de la Ley 115 de 1994 por
la cual se expide la Ley General de Educación (Barreras, 2018).
Por tanto, el
Proyecto de Acto Legislativo referido orientaba hacia la incorporación concreta
del estudio de la Bioética y el Bio derecho como eje trasversal dentro del
currículo y en el sistema educativo colombiano como norma constitucional con el
fin de regular integralmente el aprendizaje, en coherencia con la directriz de
formación integral de la Ley General de Educación. Sin embargo, el Proyecto de
Acto Legislativo fue archivado el 20 de julio de 2019. Considerando estos
hechos, el siguiente apartado abordará argumentos que defienden la inclusión curricular
de la bioética de las instituciones públicas y privadas de educación básica y
media colombianas.
La inclusión de la bioética en el plan
de estudios y su ampliación epistemológica
El Documento de Política para el Cambio y el Desarrollo de la
Educación Superior publicado por la UNESCO (1995), destaca que la formación
en recursos humanos a nivel superior no sólo deberá centrarse en el desarrollo
de capacidades intelectuales de los estudiantes para su adaptación al mercado
de trabajo, sino también en el proceso de toma de conciencia sobre las
problemáticas culturales, sociales y ambientales que implica una sólida
formación en bioética que incorpore el pensamiento crítico y participación en
los asuntos que afectan su entorno. Esta idea se entrelaza con la
multidimensionalidad del ser humano que debe ser prioritaria en los procesos
educativos.
Enfatiza además la interdependencia de la educación
superior con otros niveles educativos y su responsabilidad sobre ellos. De ahí
que toda reforma política en educación debe considerar el sistema educativo
como un todo, porque es en la universidad donde se reflejan los resultados de
los procesos emprendidos en las instituciones de educación prescolar, básica y
media (Unesco, 1995).
De lo anterior se colige que formar personas
moralmente virtuosas debe ser una tarea emprendida desde la infancia temprana; en este sentido, el vertiginoso
avance técnico-científico del siglo XXI, las problemáticas bioéticas emergentes
y el reconocimiento de la complejidad del ser humano, son factores que derivan
en una realidad en la cual es obligatoria la transformación educativa
caracterizada por la formación ética y bioética como eje relacional desde la
niñez a la adultez. De este modo será
posible orientar la participación y la reflexión crítica sobre las
informaciones recibidas durante la formación profesional más allá del
aprendizaje memorístico propio de las metodologías tradicionales.
En Colombia se verifican situaciones sociales que
pueden ser transformados a partir de la integración curricular oportuna de la
ética y bioética; hechos de violencia escolar preocupantes como el alto índice
de criminalidad que involucra a niños, niñas y adolescentes, tal como referido
recientemente por el Viceministro de Salud, quien afirmó que la violencia y
discriminación escolar y comunitaria debe tratarse como un problema de salud
pública (Ministerio de Salud y
Protección Social, 2023) ; el acoso escolar es una problemática predominante en
el país; de acuerdo con un informe de la Organización No Gubernamental Bullying Sin Fronteras publicada en el
diario La República (Rico, 2022) se reportaron 8.981 casos graves de bullying lo cual indica que Colombia es
uno de los países con mayor número de casos en el mundo.
La ampliación de los contenidos sobre ética y bioética
también se vislumbra como una posibilidad para que desde el aula se induzcan
transformaciones en el entorno; escuelas y colegios deben ser espacios de
divulgación del respeto a los principios bioéticos y educación para la paz y a
su vez, la integración curricular de la bioética es una acción que incentiva el
alcance de niveles progresivos de justicia social, el reconocimiento de la
equidad y el respeto por la dignidad humana. De este modo, la escuela debe ser
el escenario que origine normas de convivencia social para superar el contexto
altamente conflictivo que experimenta Colombia.
Las aserciones sobre formación en valores, principios
bioéticos y derechos humanos desde escuelas y colegios se cohesionan con la
ampliación conceptual y práctica de la bioética iniciada en 1998 durante el IV
Congreso Mundial de Bioética, que favoreció la inclusión de temáticas sociales
en su ámbito de reflexión y acción. La adición de referenciales novedosos a las
bases epistemológicas de la disciplina derivó no solo la expansión de su campo
de estudio, más allá de la ética biomédica, sino también la incorporación de la
reflexión sobre la promoción del acceso equitativo de los avances en ciencia y
tecnología, el aprovechamiento compartido de sus beneficios, la preservación de
la biodiversidad y la protección de las generaciones presentes y futuras ;
por consiguiente, la revisión crítica y la renovación de las temáticas de la
bioética del siglo XXI le otorgan mayor visibilidad en los diferentes grupos
etarios y justifica su enseñanza más allá de las programas universitarios en
ciencias de la salud. La bioética es la herramienta para alcanzar consenso
entre diversas formas de pensamiento y favorece la resolución pacífica de
conflictos que comprometan la vida en todas sus formas (Garrafa y Osorio,
2009).
Estos hechos propenden por la superación del enfoque
reduccionista característico de la Bioética de la década de los años 70 y 80
popularizada desde los Estados Unidos hacia América Latina que determinó la
enseñanza de la Bioética centrada en la relación médico-paciente y la
experimentación con seres humanos fundamentada en los cuatro principios:
autonomía, beneficencia, no maleficencia y justicia (Garrafa y Osorio, 2009).
En este sentido, la Declaración Universal sobre
Bioética y Derechos Humanos (Unesco, 2005), documento normativo fundamental que
marcó nuevos rumbos para la bioética, proporciona en sus 28 artículos un
referente universal de principios relacionadas a las prácticas biomédicas,
investigación científica y tecnológica, tópicos sociales y ambientales; en
particular, el Artículo 23 de la Declaración, puntualiza el deber estatal de
promover y crear programas de formación en bioética en todos los niveles de
educación.
Así mismo se ha enfatizado la necesidad de incentivar
la divulgación del conocimiento en bioética, tal como recomendado en la Declaración Universal del Genoma Humano y los Derechos
Humanos (Naciones Unidas, 1997) en
su Artículo 20 y en la Declaración Internacional sobre
los Datos Genéticos Humanos (Unesco, 2003), que prescribe en su artículo 24
que la implementación de estrategias para la divulgación de sus principios debe
ir en conjunto con la formación en ética y que ésta debe ser impulsada a través
de programas en los que participe la comunidad científica, miembros de comités
de ética y el público general.
En Colombia, investigación que examinó la experiencia
de formación en bioética de 22.568 maestros de distintas zonas de Colombia,
registró la limitada divulgación de la bioética como disciplina que impide
integrarla a la labor educativa. Refiere la escasa formación en este campo del
conocimiento por parte de los maestros quienes carecen de espacios para la
reflexión sobre temas de la bioética; adicionalmente, se reveló la ausencia de
vínculo entre disciplinas como la biología, química y las ciencias sociales con
hechos registrados en la vida pública (Escobar et al., 2008). Este hecho es
preocupante, ya que en un marco de grandes desigualdades sociales como el
experimentado en Colombia, los procesos de formación, académicos e intelectivos
deben contextualizarse para edificar sujetos sociales para una sociedad más
justa. En el marco de este estudio, los autores formularon una Cartilla de
Bioética como texto básico con el fin de llegar a los maestros con un lenguaje
sencillo sobre los pilares de la bioética y que ello redunde en la mejoría de
su divulgación a los estudiantes.
Vínculos entre la bioética y la
pertinencia de la educación
En
conformidad con lo expuesto en los puntos anteriores se revela una asimetría
entre los requerimientos de pertinencia a las instituciones de educación
superior reglamentado por parte de autoridades como el Ministerio de Educación
y el Consejo Nacional de Acreditación (CNA) para alcanzar altos estándares de
calidad y la escasa visibilidad de la bioética como disciplina en las
instituciones de educación básica y media. Es decir, la enseñanza obligatoria
de la bioética en los niveles básico y medio es altamente recomendada, porque
viabiliza el pensamiento ético y social desde edades tempranas, lo cual conduce
a una mayor conciencia individual y por ende mayor posibilidad de generar
planteamientos científicos con criterios claros de pertinencia social.
La bioética como campo del conocimiento apunta al
reconocimiento de la realidad social para valorizar la convivencia entre seres
humanos; procura sensibilizar al estudiante ante condiciones de vida indignas,
orienta a la observación crítica de la realidad experimentada en contextos
locales y globales y promueve conciencia sobre las acciones cotidianas.
Estas acepciones se entrelazan con el concepto de
pertinencia definida como la capacidad de la Institución de Educación Superior
y de sus programas para responder a las necesidades de las personas en contexto
determinado, consolidando su función social y su liderazgo (Malagón, 2003);
esta respuesta deberá orientarse a la transformación de la realidad en el que
tiene lugar el programa académico. En este sentido Tünnermann (2000) afirma que
la pertinencia se relaciona con el deber ser de las instituciones de educación
superior que, a su vez, se interconecta con los objetivos, las necesidades y
las privaciones de la sociedad en las que hacen presencia.
Por consiguiente, la pertinencia tiene una base
bioética, al procurar fortalecer los relacionamientos entre las Instituciones
de Educación Superior y el Estado, los sectores productivo y social, el sistema
educativo, los valores de la sociedad, los procesos internacionales, los
saberes populares y las regiones. A su
vez, esta vinculación deberá reflejarse en la estructura y desarrollo
curricular, como un proceso de doble vía que se desarrolla desde la Universidad
y desde la sociedad.
Una estructura curricular en la educación básica y
media que incorpore la bioética como dispositivo transversal, favorece el
reconocimiento, el diálogo y la interacción con el entorno en los estudiantes
que continuarán su formación en la Universidad. Este seria, un mecanismo de
construcción permanente que potencializa las prácticas de pertinencia en la
Universidad y garantiza que los programas de educación superior respondan a las
necesidades del entorno.
Caminos por transitar en la inclusión
curricular de la bioética
De
acuerdo con Castro (2021), los lineamientos normativos para los currículos de
la educación básica y media no han considerado la inclusión de la bioética,
hecho que ralentiza la reflexión necesaria para alcanzar la formación integral.
Esta situación se agrava con lo referido en párrafos anteriores, sobre el
somero conocimiento en bioética por parte los maestros especialmente aquellos
encargados de disciplinas propias de la escuela secundaria como biología y
ciencias. Hay que resaltar que la
preparación formal en bioética dirigido a directivos y docentes de colegios deberá
contemplar el respeto por las diferencias individuales, culturales y sociales y
simultáneamente, garantizar una cultura común para el aprendizaje. En Colombia
existen programas universitarios de alto nivel en Bioética; se destaca el
programa de doctorado de la Universidad El Bosque y de la Universidad Militar
Nueva Granada como instituciones referentes; sin embargo, son requeridos planes
de formación docente en Bioética, programas que deben ser impulsados de forma
permanente por las autoridades educativas del país. La inclusión curricular de
la Bioética y el Bio derecho es necesaria y urgente, pero, enfrenta una serie
de desafíos para su implementación; en efecto, la eventual obligatoriedad
constitucional exigirá un previo análisis, diálogo intenso y concertación sobre
una serie de factores que se presentan a continuación.
Recientemente se ha sustentado que la educación en
bioética con miras a la formación ciudadana en todos los niveles educativos
enfrenta dos obstáculos, el primero se refiere a la falta de claridad en los
contenidos de la disciplina y los métodos para que el estudiante aprenda, que
deben ser coherentes con el nivel de formación (Cárdenas et al., 2020). Con
relación a la escasa precisión sobre los contenidos que deben abordarse, es
relevante que se considere el análisis de dilemas éticos sobre situaciones experimentadas
en la cotidianidad local y global[2];
esta estrategia se dirige al desarrollo de capacidades de expresión y escucha,
también al aumento progresivo de visión crítica y habilidades
argumentativas. De manera general, la
literatura ha señalado métodos como el estudio de casos, el aprendizaje basado
en problemas, la investigación grupal y la formulación de proyectos para ser
aplicadas en los cursos de bioética.
La segunda limitante se refiere a las discordancias
entre los conocimientos bioéticos de los estudiantes de los colegios, de las
Universidades y del ciudadano común en función con su rol en la sociedad. En
este sentido se requiere que la bioética no se quede únicamente en la reflexión
teórica, sino que trascienda al campo práctico donde sea contextualizada y
posibilite el planteamiento, problematización y análisis de las temáticas
(Cárdenas et al., 2020). El estudio de la bioética no puede limitarse a la enseñanza
de su historia o a la exposición sobre premisas filosóficas, el carácter
práctico de la bioética exige la identificación de cada estudiante como
integrante esencial de la sociedad cuyas decisiones repercuten en la vida de
otros.
Por otra parte, el análisis, la evaluación y consenso sobre los presupuestos teóricos
desde los cuales se educará en Bioética deben concertarse entre autoridades de
la educación y la comunidad; esto con el fin de propiciar reflexiones concretas
y diálogos enriquecedores dentro del aula. Los actores de este consenso son los
padres de familia, profesores, directivos de la institución educativa y
autoridades gubernamentales con el fin de favorecer la continuidad entre los
agentes educativos y sugerir enfoques curriculares coherentes con la realidad
moral y social de Colombia.
De acuerdo con expertos en educación, los estudiantes
de los niveles básico y medio deben recibir formación en bioética, no como una
disciplina complementaria a las clases tradicionales, sino como un espacio
académico separado que incentive una decidida intervención social. Es decir,
que propicie la ecología de saberes entre los conocimientos académicos y la
sabiduría popular, ancestral, campesina y/o indígena. La incorporación de la
Bioética como espacio académico concreto dentro del plan de estudios y su tratamiento
interdisciplinar con otras áreas del conocimiento ha sido defendido con el fin
de propiciar una reflexión completa y profunda sobre las temáticas y evitar que
sea abordada de manera superficial (Basagni y Gonzalez-García, 2022).
Adicionalmente, es inminente
fortalecer la institucionalidad en educación y la planificación administrativa
por parte de los gestores y de los actores que hacen parte del Sistema de
Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior: Ministerio de Educación
Nacional, Ministerio de Salud y Protección Social, Ministerio de Ciencia y
Tecnología, Consejo Nacional de Educación Superior (CESU), Consejo Nacional de
Acreditación (CNA), Comisión Nacional Intersectorial de Aseguramiento de la
Calidad de la Educación Superior (CONACES), Instituto Colombiano para la
Evaluación de la Educación (ICFES), entre otros. Lo anterior con miras a
alcanzar consensos sobre los planes de formación dirigidos a docentes y
directivos y otras cuestiones antes de implementar normativamente la bioética
en el currículo en instituciones de educación básica y secundaria.
Además, el sistema educativo como un todo debe adoptar
una estructura en favor del monitoreo del proceso de formación desde la
educación básica hasta la educación superior con el fin de realizar
evaluaciones objetivas y organizarlas sistemáticamente para que así se detecten
las causas de los malos resultados de los estudiantes y operar sobre ellas para
modificarlas. Este seguimiento basado en criterios valorativos podría
constituirse en la base para formular nuevas ofertas académicas en educación
superior y realizar los ajustes curriculares necesarios en los programas
universitarios existentes para que sean pertinentes a la sociedad.
Discusión
Es
urgente el fortalecimiento de las dimensiones del ser humano ser, sentir,
vivir, convivir y actuar, que son relevantes y que también deben evaluarse bajo
criterios valorativos más allá de la mera formación y evaluación en
conocimientos y saberes; la promoción del ser humano debe realizarse a partir
de la construcción de capacidades para la reflexión autónoma sobre las normas
morales, con el fin de comprender las consecuencias de su omisión. De este modo
se consigue un verdadero obrar ético en los estudiantes.
La incorporación de la
bioética en los currículos de colegios tiene respaldo en estudio realizado en
Estados Unidos (Solomon et al, 2016), en el que destaca la capacidad cognitiva
de estudiantes de estas instituciones, para evaluar temáticas de tipo moral que
orienta a la toma de decisión argumentada; en efecto un equipo
multidisciplinario ha desarrollado un currículo para explorar cuestiones
bioéticas en los últimos grados de escuela de este país.
Por otra parte, en países de América Latina (Ferreyra, 2013) y España
(Puig y García, 2015), la discusión sobre la inclusión de la bioética también
ha sido visibilizada en artículos académicos en los que se resalta su
relevancia, representada en la educación para la ciudadanía y la superación a
las dificultades de convivencia como elementos para problematizar la realidad y
cultivar el pensamiento y análisis crítico. De hecho, una propuesta curricular
debe considerar que la educación ciudadana y democrática converge con el
respeto a valores éticos y su jerarquización, enfatizando la realidad social
actual de los diferentes contextos y sus formas de vida; estas ideas
constituyen el punto de partida para la promoción de la reflexión ética y moral
(Puig y García, 2015).
En Colombia, una revisión del estado del arte sobre la educación
bioética en escuelas públicas destaca que el número de publicaciones sobre el
tema es escaso, por tanto, es necesario realizar mayor número de
investigaciones y divulgarlas ante la comunidad académica, con el fin de
favorecer el debate y la toma de decisión y a su vez, establecer el diálogo
abierto con la comunidad sobre el tópico, especialmente en países en los que se
perpetúa la exclusión y discriminación (Narváez et al, 2023).
Es preciso otorgar prioridad a las cuestiones sobre educación superior
pertinente desde una perspectiva bioética en la que se considere como punto de
encuentro la búsqueda de respuestas a las problemáticas sociales, culturales y
ambientales propias del contexto y de la realidad moral y psicosocial que
enfrenta Colombia, partiendo desde la práctica de valores y principios en los
niveles educativos antecesores a la Universidad. La inclusión curricular de la
bioética es una herramienta que impacta la capacidad de respuesta de los
ciudadanos a las necesidades del tejido social y que repercute en el desarrollo
personal, económico y social del país.
Así mismo, el estudio de la bioética en colegios e instituciones de
enseñanza secundaria es un asunto de orden nacional que requiere
investigaciones para alcanzar acuerdos intersectoriales sobre los métodos a ser
aplicados en el aula; en este sentido, se apela a las autoridades en educación
colombianas para el planteamiento de los mecanismos de concertación. Es
recomendable que el estudio de la bioética en Colombia se formule en base al
consenso nacional, este aspecto es prioritario antes de la formulación de una
reforma constitucional para que en la práctica sean aplicados los cambios
curriculares acordados.
Referencias
Basagni, D. y González-García,
F. (2022). Bioética, una temática transversal para la educación secundaria, un
estudio en docentes. Revista
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Proyecto de Acto Legislativo 05. Por el cual se adiciona el artículo 41 de la
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educación médica en Colombia. ¿Ilusión, realidad, amenaza u oportunidad?
Estudio de casos. Universidad del Tolima.
Castro,
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Biología. Revista Colombiana De
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Su fundamentación. Varona, (70), 1-9. http://revistas.ucpejv.edu.cu/index.php/rVar/article/view/961
Constitución Política de Colombia [Const]. Artículo 41 de julio de 1991
(Colombia).
Decreto 1330 de 2019
[con fuerza de ley]. Por el cual se sustituye el Capítulo 2 y se suprime el
Capítulo 7 del título 3 de la parte 5 del Libro 2 del Decreto 1075 de
2015-Único reglamentario del sector educación. 25 de julio de 2019. D.O. no
informado.
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[1]En Colombia el registro calificado es “el instrumento del
Sistema de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior mediante el
cual el Estado verifica el cumplimiento de las condiciones de calidad por parte
de las instituciones de educación superior” (Ley 1188 de 25 de abril de 2008).
[2] En línea con las edades de los estudiantes.